PRIMERA
SENTENCIA EN LA COMUNIDAD DE MADRID DECLARANDO EL DESPIDO IMPROCEDENTE DE UN
TRABAJADOR COMO COLABORADOR SOCIAL DEL AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS
El juzgado de lo social nº 31 de Madrid ha
declarado DESPIDO IMPROCEDENTE, en la sentencia 311/2014 de 1 de octubre de
2014, estableciendo una relación laboral de un trabajador en
desempleo obligado a hacer servicios de COLABORACIÓN SOCIAL en el Ayuntamiento
de Leganés, dentro del programa financiado por la Comunidad de Madrid de Recualificación
Profesional de Desempleados Participantes en Trabajos Temporales de
Colaboración Social.
La Juez estima
la demanda presentada por CCOO, establece que el contrato se ha celebrado en fraude de ley: “no cabe duda de que el servicio realizado por el
trabajador constituye una actividad ordinaria y habitual en la empresa, dado
que se venía realizando antes y se sigue ahora por el personal del
ayuntamiento”. Por tanto “no
tiene amparo en el art. 213.4 de la Ley General de la Seguridad Social, ni el
Real Decreto 1415/1982 y, en consecuencia, no juega la exclusión de laboralidad
prevista en el primero de tales preceptos y; al no existir tampoco causa válida
de temporalidad, la denuncia extintiva formulada por la demandada constituye UN
DESPIDO IMPROCEDENTE, debiendo estimar totalmente la demanda”.
Esta sentencia da la razón a las denuncias que
CCOO había realizado desde que la Comunidad de Madrid puso en marcha el
programa de colaboración social, tanto ante la Inspección de Trabajo como ante
el Servicio Estatal de Empleo. Se buscaba sustituir puestos de trabajo y
empleos públicos, por personas obligadas a trabajar sin alta en la seguridad
social, consumiendo su prestación por desempleo y sin condiciones laborales
reguladas por convenios colectivos.
La sentencia establece una indemnización por
despido para el trabajador. Se ha presentado, a continuación, una demanda de cantidades para que el
Ayuntamiento de Leganés abone al trabajador los salarios correspondientes por
categoría según el convenio colectivo e ingrese las cotizaciones a la seguridad social a las
que obliga la relación laboral establecida en la sentencia.
Desde CCOO celebramos esta sentencia y estamos a
la espera de las otras 25 demandas similares que hemos presentado en la
Comunidad de Madrid.
Igualmente CCOO informa que iniciará las
acciones legales oportunas ante el nuevo programa de colaboración social
convocado por la Comunidad de Madrid para los años 2014 y 2015, si mantiene las
mismas irregularidades.


